Caja Popular de Ahorros
Martes 19 de Marzo de 2024 - Tucumán - Argentina

REQUISITOS AUTORIZACION BINGOS Y RIFAS

Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán REQUISITOS PARA BINGOS, LOTERIAS FAMILIARES Y RIFA Nota de autorización: la misma debe ser presentada con 30 días de anticipación a la fecha del evento a realizar. La oficina receptora de las solicitudes, es la Secretaria de Intervención de la Caja Popular de Ahorros (3° piso edificio por 25 de Mayo), para informes y consultas oficina Sector Bingo, teléfonos 4507303 o 4507347 (1° piso edificio por calle San Martín) -Mencionar objetivo o destino de los fondos recaudados. -Especificar día, hora y lugar del evento. No se podra diferir la fecha del evento solicitado. -Cantidad de certificado a emitir y precio unitario. -Grilla de premiación. -Expresar prestamos de bolillero si se considera necesario. Autorización: Cooperadoras Escolares o Policiales, las Comisiones Parroquiales o Vecinales y demás entidades constituidas específicamente para coadyuvar en la atención de servicios a la comunidad, que tengan reconocimiento oficial, siempre que los mismos se ajusten a las condiciones establecidas en la reglamentación. Firma de la nota: Presidente y Comisión Directiva. Si es una entidad religiosa o educativa, firman la Comisión Organizadora del Evento y el Cura Párroco o Director/ra. Nota compromiso: la entidad solicitante ha de expresar mediante nota, declarar conocer las obligaciones impositivas ante la AFIP, organismos provinciales y municipales con respecto a la realización de juegos de azar. Documentación anexa: La documentación a adjuntar, pueden ser fotocopias las cuales serán refrendadas por los firmantes de nota solicitante. -Constancia emitida por inspección de Personería Jurídica donde conste nomina de la Comisión Directiva y que se encuentra cumplimentados en la fecha, sus obligaciones legales y estatutarias. Acta Constitutiva de la Comisión Directiva. -Fotocopia de Acta Resolutiva de la Comisión Directiva del ente, donde manifiestan la intención de realizar el evento. -Factura de compra de los premios ( a nombre de la entidad solicitante, sello de pagado y entregado). O acta de Donacion (especificando el premio, precio de mercado y cantidades, firma de donante, N°documento y domicilio real). -Ejemplar de cartón o certificado a imprimir. -Firma de documentación: Presidente de la Comisión Directiva. Si es una entidad religiosa o educativa, firman la Comisión Organizadora del Evento y el Cura Párroco o Director/ra. Programa de premios: -Todos los premios “no podrán consistir ni ser reemplazados con posterioridad al juego, por joyas, piedras preciosas, dinero en efectivo, títulos, bonos, o cualquier otro documento equivalente al dinero en efectivo o cualquier moneda extranjera.”El total de la grilla de premio, no debe ser menos del 30% del importe total de la emisión (cantidad de cartones por el precio del mismo). -La emisión de cartones, no debe superar los 1000 certificados. Responsabilidad del ente solicitante: -“La venta de los certificados de participación en el juego, la organización de los mismos, como así también la realización de los respectivos sorteos, son de exclusiva y total responsabilidad de la Entidad Organizadora y sus autoridades” -“Todo falseamiento de datos, informes o instrumentos requeridos por la presente reglamentación, hará responsable a la Entidad peticionante y a sus autoridades en forma solidaria, de las faltas administrativas y acciones penales y/o civiles que correspondiere” -“El producido del juego autorizado deberá ser aplicado íntegramente a los fines expresados en la solicitud” Disposiciones Vigentes: Ley Provincial N°6274-Juegos de Azar (14/10/91), Reglamento Interno CPT (Res. 188/93).